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Aprueban planos de anexo Las Nieves Salomé

Aprueban planos de anexo Las Nieves Salomé

El Concejo Municipal aprobó una Ordenanza para que este sector de Achachicala cuente con planimetría aprobada.

La Paz, mar. 01 (SIM/GMLP).- El Concejo Municipal aprobó la planimetría de remodelación del anexo Las Nieves Salomé, ubicada en el sector de la zona de Achachicala, mediante Ordenanza Municipal 036/2007. La misma autoriza el cambio de uso de suelo sobre una extensión total de 32.781 metros cuadrados de superficie.

Esta nueva planimetría limita al Norte con la remodelación Cristo Rey, al Sur con un área forestal de propiedad municipal y una propiedad colectiva privada, al Este con una propiedad colectiva privada y al Oeste con la remodelación Juaniquina 14 de Septiembre.

De acuerdo al levantamiento topográfico la planimetría tiene una superficie urbanizable de 49.400,92 metros cuadrados y cuenta con un perímetro total de 76.481,56 metros cuadrados, que fueron cuantificadas por área y superficie de acuerdo al sector donde están ubicados:

Sector de propiedad municipal
1.        De área forestal Y1 a equipamiento, una superficie de 3.958,77 metros cuadrados.
2.        De área forestal Y1 a áreas verdes, una superficie de 2.981,34 metros cuadrados.
3.        De área forestal Y1 a vías, una superficie de 12.151,86 metros cuadrados.

Sector de propiedad colectiva privada
1.        De área forestal Y1 a equipamiento, una superficie de 3.326,29 metros cuadrados.
2.        De área forestal Y1 a áreas verdes, una superficie de 3.047,11 metros cuadrados.
3.        De área forestal Y1 a vías, una superficie de 7.316,36 metros cuadrados.

La remodelación de anexo Las Nieves Salomé cuenta con 136 lotes, de los cuales 89 están ubicados en el sector de propiedad municipal, 38 en el área de propiedad colectiva privada y nueve entre propiedad municipal y colectiva privada, debido a que el sector figura como área forestal Y1, que corresponde realizar el cambio de uso.

La Ordenanza establece que la aprobación de esta planimetría es de carácter técnico, por tanto, no otorga ni reconoce derecho propietario alguno, y toda la controversia sobre este tema deberá dilucidarse en la vía ordinaria ante una autoridad judicial competente.

La Dirección Jurídica deberá gestionar ante el Congreso Nacional la Ley que autorice la enajenación de Propiedad Municipal al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades de 1985 y el Artículo 59 de la Constitución Política del Estado, para obtener la respectiva autorización de venta de la superficie de 5.136,89 metros cuadrados.

De esta manera, se podrá realizar posteriormente el cambio de uso de suelo de área forestal Y1 a residencial según lo que especifica el punto 4,3 de áreas sujetas a cambio de uso y el punto dos de análisis legal del informe final y cierre IFPRUR 123 de fecha 13 de septiembre de 2005.
 
Fuente:www.lapaz.bo

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